Manual de los Reglamentos del Agua en Florida: Ley del Agua Potable Segura
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Manual de los Reglamentos del Agua en Florida: Ley del Agua Potable Segura

   

Manual de los Reglamentos del Agua en Florida: Ley del Agua Potable Segura1

Michael T. Olexa, Luke D'Isernia, Laura Minton, Dulcy Miller y Sara Corbett2

Prefacio

Este manual esta diseñado para proporcionar un resúmen autorizado, exacto y actual de las principales leyes Federales y de Florida que están directa o indirectamente relacionadas a la agricultura. Este manual debe proveer una vista general de los muchos derechos y responsabilidades que tienen los agricultores y propietarios de tierras agrícolas bajo las leyes tanto Federal como de Florida, así como también la información de los contactos apropiados para obtenerla con más detalle. Sin embargo, el lector debe estar advertido de que algunas partes de esta publicación podrían volverse obsoletas en cualquier momento, debido a que las leyes, reglas administrativas, y decisiones de la corte, sobre las cuales se basa este manual, se encuentran bajo revisión constante. Algunos detalles de las leyes citadas no se mencionan, debido a limitaciones de espacio.

Este manual es distribuido con la aclaración de que los autores no intentan proporcionar una asesoría legal o profesional, y que la información contenida aquí no debe ser considerada como un sustituto de asesoría profesional. En este manual, no se incluye toda la información para llevar a cabo el cumplimiento de las leyes Federales y de Florida y los reglamentos que rigen la protección del agua. Por estas razones, el uso de estos materiales por cualquier persona, constituyen un acuerdo para mantener libre de perjuicios a los autores, al Servicio de Extensión Cooperativa de Florida, al Instituto de los Alimentos y Ciencias Agrícolas y a la Universidad de Florida por reclamos de responsabilidad, daños o gastos provenientes de quien sea, por haberse referido o basado en la información contenida en este manual.

Vista General

La Ley del Agua Potable Segura (LAPS), fue aprobada en 1974 y ha sido enmendada varias veces para expandir su campo y el poder de la Agencia de Protección Ambiental (APA), para su cumplimiento El propósito primario de la LAPS es impedir que los químicos orgánicos entren en el sistema de agua potable, llevando a cabo lo siguiente:

Entre las áreas de cobertura de LAPS, la regulación y emisión de permisos de pozos de inyección, probablemente son los que tienen las implicaciones agrícolas más directas. La inyección subterránea pone en peligro las fuentes de agua potable, si tal inyección tiene la presencia de algún contaminante que puede eventualmente afectar la calidad de la misma. Mientras el pozo de inyección usualmente implica un pozo muy profundo, la definición de inyección según la LAPS, puede abarcar diferentes tipos de escurrimientos, incluyendo el flujo de retorno de irrigación que entra al agua subterránea. Las agencias reguladoras, por lo tanto, regulan la actividad del pozo de inyección, no de pozo mismo.

¿Quién Hace Cumplir la LAPS?

Virtualmente en todos los estados, incluyendo Florida, la APA ha renunciado el cumplimiento de la LAPS y ahora sirve solamente para supervisar los programas de los estados aprobados, para tomar su lugar. Las enmiendas de 1986 para la LAPS, sin embargo, le incrementaron autoridad a la APA para intervenir y hacer cumplir la ley, si el estado no toma acción alguna en el periodo de 30 días después de recibir la noticia de la APA de que los estándares de calidad del agua de la LAPS han sido violados. Los estados deben también adoptar todas las regulaciones nuevas y nacionales para continuar reteniendo los poderes primarios de cumplimiento.

¿Qué Prohibe la LAPS?

La LAPS prohíbe cualquier fuga o salida de contaminantes de los pozos de inyección en las aguas subterráneas. Las instalaciones que conducen a las inyecciones subterráneas están también sujetas a regulación. Las regulaciones según la LAPS, establecen categorías de pozos de inyección con diferentes requerimientos para cada uno. Algunos pozos de inyección (Ej.; los pozos de desechos peligrosos) simplemente están prohibidos, mientras que otros, están sujetos a diversos permisos y requerimientos de mantenimiento de registro e informes de pruebas. Los pozos son evaluados en clases (desde la Clase I hasta la Clase V).

¿Cuáles Son los Castiagos?

Las violaciones de las regulaciones de los pozos de inyección subterráneos pueden resultar en castigos administrativos hasta por $125,000. Los castigos civiles son hasta por $25,000 por día junto con castigos criminales de hasta por tres años en prisión, además de las penalidades civiles por violaciones intencionadas. En todos los casos, la APA es requerida para tomar acción si los estados fallan para hacerlo.

Fuente

Código 42 de los Estado Unidos, Secciones 300f al 300j-26

Agradecimientos

Los autores agradecen al personal de las agencias estatales y federales por su tiempo y asesoría en la preparación de este manual. Los autores agradecen especialmente a Richard Budell del Office of Agricultural Water Policy of the Florida Department of Agriculture and Consumer Services por el apoyo económico para el desarrollo de esta publicación.


Footnotes

1. Este es el documento EDIS FE070, una publicación de Food and Resource Economics Department, Florida Cooperative Extension Service, Institute of Food and Agricultural Sciences, University of Florida, Gainesville, FL. Publicado Noviembre 2006. Por favor visite la página electrónica de EDIS en http://edis.ifas.ufl.edu.

2. Michael T. Olexa, profesor, Food and Resource Economics Department y director, Agricultural Law Center, University of Florida, Gainesville, FL, y presidente, Agricultural Law Committee, The Florida Bar; Luke D'Isernia, alumni, Levin CoIlege of Law, University of Florida, Gainesville, FL; Laura Minton, abogado, Dean, Mead, Egerton, Bloodworth, Capouano y Bozarth, PA, Orlando FL; Dulcy Miller, abogado, Foley and Lardner, LLP, Orlando, FL; y Sarah Corbett, abogado, Florida Second District Court of Appeal, Lakeland, FL. La traducción del ingles al español estuvo a cargo de Filiberto Reyes-Villanueva.


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Servicio de Extensión de la Florida / Instituto de Alimentos y Ciencias Agrícolas / Universidad de la Florida / Larry Arrington, Decano.



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