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Publication #FE091

Manual de los Reglamentos del Agua en Florida: Ley de Restauración de Cuencas de Florida1

Michael T. Olexa, Tatiana Borisova, y Zachary Broome2

Prefacio

Este manual está diseñado para proporcionar un resumen exacto, actual y autorizado, de las principales leyes Federales y de Florida que están directa o indirectamente relacionadas con la agricultura. Este manual proporciona una vista general de los muchos derechos y responsabilidades que tienen los agricultores y propietarios de tierras agrícolas bajo las leyes tanto Federal como la de Florida, así como también los contactos apropiados para obtener la información con más detalle. Sin embargo, el lector debe estar advertido de que algunas partes de esta publicación podrían volverse obsoletas en cualquier momento, debido a que las leyes, reglas administrativas, y decisiones de la corte, sobre las cuales se basa este manual se encuentran bajo revisión constante. Alguna información contenida aquí no debe ser considerada como un sustituto de asesoría profesional. Algunos detalles de las leyes citadas no se mencionan, debido a limitaciones de espacio.

El manual es distribuido con el entendimiento de que los autores no intentan proporcionar una asesoría legal o profesional, y que la información contenida aquí no debe ser considerada como un sustituto de asesoría profesional. En este manual no se incluye toda la información para lograr el cumplimiento con las leyes federales y estatales y reglamentos que rigen la protección del agua. Por estas razones, el uso de estos materiales por cualquier persona, constituyen un acuerdo para mantener libre de perjuicios a los autores, al Servicio de Extensión Cooperativa de Florida, al Instituto de los Alimentos y Ciencias Agrícolas y a la Universidad de Florida por reclamos de responsabilidad, daños o gastos en que pueda incurrir por hacer referencia, o depender de la información contenida en este manual.

Resumen de la FWRA

La Legislatura de Florida promulgó la Ley de Restauración de Cuencas de Florida (Florida Watershed Restoration Act, FWRA por sus siglas en ingles) en 1990, para proteger las aguas de Florida a través del programa Carga Diaria Máxima Total (Total Maximum Daily Load, TMDL por sus siglas en ingles) para aguas superficiales y subterráneas como lo exige la Ley del Agua Limpia (Clean Water Act, CWA por sus siglas en ingles). El programa TMDL, protege las aguas estatales, coordinando el control de contaminación de fuentes de punto (ej., fuentes que descargan a través de unidades discretas como un tubo, o un escurridero de aguas de lluvia) y fuentes de no punto (fuentes de contaminación causados por agua de lluvia que se mueve sobre y a través del suelo). La FWRA también establece un proceso para identificar y hacer una lista de las aguas dañadas en todo el estado.

El TMDL es el total de la descarga individual asignada a las fuentes de punto, a fuentes de no punto y a fuentes del medio natural. En otras palabras, el TMDL es la cantidad total de contaminación descargada de todas las fuentes que un cuerpo de agua puede asimilar y todavía mantener los estándares de calidad del agua. Además, el TMDL puede también referirse a un documento que describe los lugares de descarga. Un plan de implementación debe ser desarrollado para describir como las fuentes de punto y no punto deben reunir sus descargas. Usualmente este plan de implementación es referido como Manejo de Cuencas Plan de Acción (Basin Management Action Plan, BMAP por sus siglas en ingles).

Para la lista del TMDL y el BMAP adoptado en Florida, así como el programa de reuniones públicas respecto al desarrollo del TMDL y BMAP, ver el programa TMDL FDEP en http://www.dep.state.fl.us/water/tmdl/.

¿Quién hace cumplir la FWRA?

Bajo la FWRA, mientras el Departamento de Protección Ambiental de Florida es la agencia para establecer los TMDL, el poder primario para hacerla cumplir está actualmente dividido entre el Departamento de Protección Ambiental de Florida ((Florida Department of Environmental Protection, FDEP por sus siglas en ingles) y el Departamento de Agricultura y Servicio al Consumidor de Florida (Florida Department of Agriculture and Consumer Services, FDACS por sus siglas en ingles). El FDEP es la agencia líder para hacer cumplir la FWRA cuando se trata de contaminación de fuente de punto y fuente de no punto no agrícola. El FDACS es la agencia líder para hacer cumplir la FWRA cuando la contaminación llega a fuente de contaminación de no punto agrícola.

La FWRA es única en el establecimiento de los TMDL ya que le permite al FDEP aplicar los TMDL a través del enfoque del manejo de cuencas, en el cual los recursos acuáticos están basados en el manejo de límites naturales en lugar de límites políticos o de reglamentación.

¿Cuáles son los deberes del FDEP y el FDACS bajo la FWRA?

Bajo la FWRA, el FDEP es requerido para coordinar con los Distritos Manejo del Agua de Florida (Florida Water Management Districts, FWMD por sus siglas en ingles), el FDACS, los Distrito de Conservación de Suelo y Agua (Soil and Water Conservation District, SWCD por sus siglas en ingles), los grupos ambientalistas, las partes reglamentadas y los inversionistas locales durante todas las fases del proceso del programa TMDL, los cuales incluyen los siguientes:

  • El listado de las aguas para las cuales el TMDL conducirá la evaluación

  • La metodología de evaluación para determinar aquellas aguas que están deterioradas (que fallaron para reunir los estándares de la calidad del agua asignados a ellas)

  • La metodología de cálculo, incluyendo la determinación sobre qué información es requerida para la evaluación por el TMDL, los métodos aceptables para colecta de datos y los requerimientos de análisis y control de calidad

  • Los objetivos de reducción de la carga de contaminación para la implementación de planes de acción básica, e implementar y evaluar las mejores practicas de manejo (Best Management Practices, BMP por sus siglas en ingles) y las medidas temporales

El FDEP debe adoptar esta metodología de implementación por regla. Esta regla debe proporcionar la consideración de si los estándares de calidad del agua están siendo excedidos, en base a datos, estudios y reportes creíbles. Esta regla debe también reunir lo siguiente:

  • La colecta de muestras de calidad del agua y requerimientos de análisis

  • Metodologías aprobadas

  • Asegurar calidad y protocolos de control de calidad

  • Modelado de datos

  • Otras medidas apropiadas para la evaluación del control de calidad del agua

El FDEP puede implementar los TMDL bajo los programas de protección de la calidad del agua existentes, que deben incluir:

  • Los permisos y otros programas reguladores existentes, como las limitaciones de efluentes en base a la calidad del agua

  • El intercambio de la contaminación y otros convenios

  • Trabajos públicos incluyendo las instalaciones de la capital

  • La adquisición de la tierra

Los TMDL también pueden implementarse a través de las condiciones que permite el Sistema Nacional de Eliminación de Descargas Contaminantes (National Pollutant Discharge Elimination System, NPDES por sus siglas en ingles) que provee un programa de cumplimiento.

Para la implementación y evaluación de las medidas temporales de las BMP, el FDEP debe consultar con el FWMD indicado y con las partes interesadas para desarrollar las medidas temporales adecuadas, las BMP y otras medidas para alcanzar el nivel de reducción de contaminación establecido por el FDEP para las fuentes de contaminación de no punto no agrícolas. Esas prácticas y medidas deben ser adoptadas por regla, por el FDEP y los FWMD. Cuando son adoptadas de esta manera, las partes responsables de contaminación de fuentes de no punto no agrícola, deben adoptar estas medidas.

El FDACS puede desarrollar y adoptar por regla, las medidas temporales disponibles, las BMP, y otras medidas para lograr el nivel de reducción de contaminación establecido por el FDEP para las fuentes de contaminación de no punto agrícola. El FDACS debe consultar con el FDEP, el FDOH (Departamento de Salud de Florida / Florida Department of Health, FDOH), los FWMD, los agricultores afectados y los grupos ambientalistas en este proceso de desarrollo. Estas prácticas y medidas pueden ser implementadas por aquellas partes responsables por las fuentes de contaminación agrícola en coordinación con el FDEP, el FDACS, y los FWMD. La implementación de las BMP para operaciones agrícolas en las áreas con un TMDL establecido. En tales áreas, los agricultores son requeridos de archivar una Notificación de Intento (NOI) acerca de la implementación de las BMP al FDACS (ver AE388, Total Maximum Daily Loads and Agricultural BMPs in Florida).

Para la lista de manuales de BMP adoptadas por el FDACS para diferentes operaciones agrícolas y regiones geográficas, ver el portal de la Oficina de la Política del Agua Agrícola FDACS en http://floridaagwaterpolicy.com/BestManagementPractices.html.

¿Cuáles son los requerimientos bajo la FWRA?

Las descargas de contaminantes de las fuentes de punto en las aguas de Florida, necesitan tener permiso del NPDES. Para fuentes de no punto las partes responsables no tienen que implementar las BMP y medidas temporales no adoptadas por regla ya que ellas son voluntarias.

Hay ventajas en implementar las BMP y medidas temporales adoptadas por regla. Si las BMP son adoptadas por regla y su efectividad es verificada por el FDEP, la implementación proveerá una suposición de cumplimiento con los estándares de calidad del agua del estado y una liberación de responsabilidad tal, que el FDEP no puede iniciar un procedimiento contra el propietario de la fuente de contaminación, para recuperar los costos o daños asociados por la contaminación del agua superficial o subterránea, causada por el contaminante. Bajo las BMP, una fuente de punto o no punto que logra una mayor reducción de contaminación que la requerida, puede intercambiar esos créditos de calidad de agua a otras fuentes en el área incluidas en el mismo plan de acción. Actualmente, el intercambio de créditos solo se permite para las BMP del Río St. Johns. Sin embargo una fuente que genera un exceso de créditos, está todavía requerida de reunir todos los otros requisitos aplicables, incluyendo requisitos de tecnología del NPDES y las BMP.

Si las partes que descargan contaminantes en aguas de Florida sin permisos del NPDES y sin implementar las BMP, el FDEP puede iniciar procedimientos contra esas partes para recuperar los costos o daños asociados con la contaminación del agua superficial o subterránea, causada por el contaminante.

Para más información de los deberes del FDEP y el FDACS conforme a la FWRA, y los requerimientos de la FWRA, contacte al FDEP y/o el FDACS.

Fuente

Capitulo 403, Estatutos de Florida, Sección 304.067

Agradecimientos

Los autores agradecen al personal de las agencias estatales y federales por brindar su tiempo y asesoría en la preparación de este manual.

Footnotes

1.

Este es el documento EDIS FE091, una publicación del Departamento de Economía de Alimentos y Recursos, Servicio de Extensión Cooperativa de la Florida, Instituto de Alimentos y Ciencias Agrícolas, Universidad de la Florida. Publicado 2006, revisado 2012. Traducido de la versión Inglés (FE579-FE580) en mayo de 2012. Traducción del inglés al español de 2012 estuvo a cargo de Filiberto Reyes-Villanueva. Visite el sitio web EDIS en http://edis.ifas.ufl.edu.

2.

Michael T. Olexa es profesor del Departamento de Economía de Alimentos y Recursos, y el director del Centro de Leyes Agrícolas de la Universidad de Florida, Gainesville, FL, y presidente del Comité de Leyes Agrícolas de la Asociación de Abogados de Florida. Tatiana Borisova es profesora asistente del Departamento de Economía de Alimentos y Recursos, Universidad de Florida, Gainesville, FL. Zachary Broome es abogado en la Firma: Bowen, Radson, Schroth, P.A., Eustis, FL.


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