University of FloridaSolutions for Your Life

Download PDF 
Publication #FE240

Manual del Reglamento de Desechos y Sólidos Peligrosos en Florida: Eliminación de Desechos Residuales1

Michael T. Olexa, Aaron Leviten y Kelly Samek2

¿Cómo Puedo Usar Sedimento Residual de Aguas de Desecho Domestico?

Los residuos (sedimento) de agua de desecho domestico son desechos sólidos, líquidos o semi-sólidos generados de las plantas de tratamiento de aguas de desecho. Este desecho es rico en nutrientes y puede ser aplicado en tierras agrícolas como una forma de fertilizante. Aplicando el sedimento de esta manera el desecho es técnicamente eliminado y regulado. El DPA tiene establecido detalladas regulaciones controlando la aplicación de sedimento a la tierra. Las regulaciones requieren que todos los productores clasifiquen sus sedimentos en base al nivel de tratamiento que recibieron .Cada clase tiene diferentes restricciones en su uso, siendo menos restrictiva la clase AA y mas restrictiva la Clase C.

¿Cuál Es son las Restricciones Especiales para el Uso de los Residuos?

La Clase de residuos AA son tratados con el mismo nivel de la Clase A pero deben contener elementos particulares solamente hasta ciertos niveles. La Clase de Residuos A son las mas tratados, luego Clase B y finalmente la Clase C. Este sistema permite a los residuos, que al ser mas seguros por el tratamiento mas intenso, tienen mas usos y menos restricciones.

¿Qué Métodos de Eliminación de Residuos Están Prohibidos?

Las prohibiciones generales de la eliminación de residuos son:

  • los residuos nunca deben ser vertidos en el océano o aguas superficiales o subterráneas.

  • los residuos que tienen desechos peligrosos nunca deben ser aplicados en tierras agrícolas, y pueden requerir eliminación bajo regulaciones mas estrictas de desechos peligrosos.

  • dependiendo del tipo de residuo y la tierra involucrada, puede haber periodos de espera que deberán ser observados antes de que el publico tenga permiso para acceso a cualquier tierra donde se haya aplicado sedimento.

Todas las Clases de residuos, excepto la Clase AA, están sujetas a las siguientes restricciones:

  • no deben ser aplicados a menos de 3000 pies de un cuerpo de agua de Clase I, Aguas Relevantes de Florida o Aguas de Recursos Nacionales Relevantes.

  • no deben ser aplicados a menos de 200 pies de cualquier otra agua superficial a excepción de los canales confinados o estructuras de irrigación las cuales no tendrán descargadas desde el sitio (esta distancia puede ser reducida a 100 pies bajo ciertas condiciones).

  • no deberán ser aplicados a menos de 300 pies de cualquier pozo privado que suministre agua superficial.

  • no deben ser aplicados a menos de 500 pies de cualquier pozo publico que suministre agua superficial.

  • no deben ser aplicados si el pH del suelo menor de 6.5.

  • no deben ser aplicadas durante lluvias que causen desagüe a partir del sitio.

  • no deben ser aplicados cuando los suelos están saturados.

  • no se aplicaran si el grado de la tierra es mayor al 8 por ciento.

  • debe aplicarse con técnicas y equipos apropiados.

¿Qué son las Clases de Residuos?

Los residuos de la Clase AA:

  • pueden ser usados para el cultivo del tabaco o vegetales de hoja, y están exentos de la mayoría de las otras restricciones.

Los Residuos de la Clase A:

  • pueden ser usados en campos deportivos, parques, campos de golf, campos de hospitales, u otras áreas de acceso no restringido.

Los residuos de la Clase B:

  • pueden ser aplicados para abono agrícola, tierras de pasto, bosques, accesos limitados de carreteras o caminos y viveros.

  • no pueden ser usados en campos deportivos, parques, campos de golf, tierras de hospitales u otras áreas de acceso no restringido.

  • pueden ser usados en granjas, pero se debe esperar un periodo de tiempo después de que los residuos fueron aplicados, antes de que hayan crecido o se hayan cosechado los cultivos (los árboles para el cultivo de orquídeas están exentos por tener contacto con los residuos).

  • el periodo de espera es de 18 meses para cultivos de raíz y frutales y hortalizas que tocan el suelo y son para ser consumidos crudos.

  • el periodo de espera es de 30 días antes que la vegetación de forraje deba ser cortada o usada para alimento de ganado.

  • el periodo de espera es de 12 meses antes que el publico pueda tener contacto con el área.

Los residuos de Clase C:

  • están sujetos a todas las restricciones de los residuos de clase B, con pocos cambios:

  • el periodo de espera es de 60 días para frutales y vegetales que no tocan el suelo y que son para ser consumidos crudos.

  • los residuos de Clase C no deben ser aplicados dentro de los 500 pies de un edificio ocupado por el publico en general.

  • estas restricciones deben ser reducidas a 100 pies si los residuos son inyectados en el suelo.

Agradecimientos

Los autores agradecen al personal de agencias estatales y federales por su tiempo y asesoria en la preparación de este manual. Los autores también agradecen al siguiente personal de la University of Florida por la revisión y critica del primer borrador de esta publicación: Dr. Thomas Dean, Especialista en Educación de Plaguicidas, y Dr. Norman Nesheim, Coordinador de Información de Plaguicidas. Se hace también un especial reconocimiento a Richard Budell del Office of Agricultural. Water Policy del Florida Department of Agriculture and Consumer Services, por aportar fondos para el desarrollo de este manual.

Este manual esta diseñado para proporcionar un resumen exacto, actualizado y autorizado, de las principales leyes de Florida, que directa o indirectamente se relacionan con la agricultura. Esto debe proveer una revisión básica de la mayoría de derechos y responsabilidades que tienen los agricultores y propietarios de tierras agrícolas bajo las leyes de Florida. El lector encontrara información acerca de estos derechos y responsabilidades y el correcto contacto para mas información en detalle. Sin embargo, el lector debe estar advertido de que las leyes, reglas administrativas y decisiones de la corte, sobre las cuales esta basada esta publicación, están en constante revisión, por lo que partes de esta publicación podrían volverse obsoletas en cualquier momento. Muchos detalles de las leyes citadas, tampoco se incluyeron debido a limitaciones de espacio.

Este manual es distribuido en el entendimiento de que los autores no están comprometidos en dar asesoría legal o consejos profesionales, y que la información contenida aquí no deberá ser considerada como un sustituto de asesoría profesional. Esto no provee la información completa para hacer un cumplimiento total de los reglamentos y leyes que gobiernan la practica de la agricultura. Por esas razones, el uso de estos materiales por cualquier persona, constituye un acuerdo para mantener libre de daño a los autores, al UF/IFAS, al Agricultural Law Center y a la University of Florida por cualquier reclamo de responsabilidad, daño o gastos, en que pueda incurrir cualquier persona como resultado de referencia o por basarse en la información contenida en esta publicación.

Footnotes

1.

Este documento es el EDIS FE 240, una publicación de el Department of Food and Resource Economics, Florida Cooperative Extension Service, UF/IFAS, University of Florida, Gainesville, FL. (English counterpart is Florida Solid and Hazardous Waste Regulation Handbook, FE440-FE468, Circular 1139. EDIS Publicación Diciembre 2003. Por favor visite la página electrónica en http://edis.ifas.ufl.edu.

2.

Michael T. Olexa es Profesor en el Department of Food and Resource Economics y Director del Agricultural Law Center, Florida Cooperative Extension Service, UF/IFAS, University of Florida, Gainesville, FL, y Miembro del Florida Bar y Presidente de Agricultural Law Committee del Florida Bar; Aaron Leviten, Abogado en Orlando y professor invitdo para leyes de plaguicidas en la University of Florida; y Kelly Samek, graduado en 2003 de Levin College of Law en University of Florida. estudiante del terer año de leyes, College of Law, University of Florida, Gainesville, FL. La traducción del inglés al español estuvo a cargo de Filiberto Reyes-Villanueva.


The Institute of Food and Agricultural Sciences (IFAS) is an Equal Opportunity Institution authorized to provide research, educational information and other services only to individuals and institutions that function with non-discrimination with respect to race, creed, color, religion, age, disability, sex, sexual orientation, marital status, national origin, political opinions or affiliations. For more information on obtaining other extension publications, contact your county Cooperative Extension service.

U.S. Department of Agriculture, Cooperative Extension Service, University of Florida, IFAS, Florida A. & M. University Cooperative Extension Program, and Boards of County Commissioners Cooperating. Millie Ferrer-Chancy, Interim Dean.