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Clasificación de las licencias para aplicadores dictadas por el Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor del estado de la Florida (FDACS), relacionadas con agricultura y control de plagas1

Frederick M. Fishel y Tatiana Sanchez 2

Esta guía ofrece una explicación de las licencias para aplicadores de pesticidas privados, públicos y comerciales emitidos por FDACS en el Capítulo 487 de los Estatutos de la Florida.

Aplicador Privado

Un aplicador privado, es una persona con licencia para aplicaciones terrestres de pesticidas de uso restringido, con el propósito de producir un producto agrícola en bienes propios o en bienes alquilados por el aplicador o por el empleador del aplicador.

La licencia es apropiada para los dueños y empleados de fincas, ranchos, plantaciones, viveros, jardines, y otros establecimientos que producen productos agrícolas. La licencia es válida para la aplicación de pesticidas de uso restringido para la producción de ornamentales y césped (en un vivero, granja de césped, etc.), pero no para el mantenimiento de plantas ornamentales o césped como por ejemplo, en un campo de golf.

La categoría de aplicador privado para control de plagas agrícolas, es requerida para este tipo de licencia. La categoría aérea no está disponible para aplicadores privados. Una licencia de aplicador comercial puede sustituir a una licencia de aplicador privado en ciertos usos. Para un mayor detalle, consulte la sección de aplicadores comerciales.

Aplicador Público

Un aplicador público, es un aplicador con licencia empleado por una agencia federal, del estado, del condado, de la ciudad, u otra agencia local o entidad del gobierno que use pesticidas de uso restringido durante el trabajo. Esta licencia es válida para trabajo realizado para una agencia gubernamental, durante la duración del empleo. Para lo siguiente, se debe tener una licencia de aplicador público:

  • Los empleados de las compañías eléctricas municipales, de la ciudad y parques del condado, de ferrocarriles de propiedad del gobierno, departamentos viales estatales y federales, y de universidades estatales que usen pesticidas de uso restringido en el trabajo;

  • Personal federal y estatal que lleva a cabo la erradicación o control de plagas usando pesticidas de uso restringido, debe tener una licencia de aplicador público, incluyendo la categoría de regulador para el control de plagas.

NOTA: Una licencia de aplicador comercial puede sustituir a una licencia de aplicador público si así se desea. Sin embargo, las cuestiones de responsabilidad o riesgo deben ser tomadas en consideración y discutirse con el empleador si un aplicador planea usar una licencia comercial, para realizar aplicaciones de pesticidas como parte del trabajo para una entidad gubernamental.

Aplicador Comercial

Un aplicador comercial es una persona que utiliza pesticidas de uso restringido en cualquier área agrícola o áreas relacionadas con agricultura con cualquier propósito distinto a los descritos por las otras categorías de las licencias.

Esto incluye los siguientes usos:

  • Contratar a alguien para llevar a cabo la aplicación de pesticidas de uso restringido (cuando alguien además del dueño o empleado de la compañía, hace la aplicación).

  • Aplicación de pesticidas de uso restringido no hecha por contrato, con fines que no sean la producción agrícola, sin incluir las aplicaciones relacionadas con el trabajo realizadas por empleados del gobierno.

Ejemplos de las licencias requeridas para muchos tipos diferentes de trabajo están dados en la Tabla 1. Algunas de las situaciones que comúnmente ocurren en Florida, en donde una licencia comercial es requerida, incluyen:

  • Servicio de aplicación aérea (sin incluir aplicaciones aéreas para salud pública)

  • Servicio de control de malezas acuáticas

  • Servicio de mantenimiento para cementerios

  • Mantenimiento de parques—recreacional (propiedad privada), incluyendo campos atléticos

  • Campos de golf—mantenimiento de césped y greens.

  • Compañías de químicos o fertilizantes—aplicación personalizada

  • Control de plagas en áreas de derecho de vía contratadas por agencias gubernamentales o compañías de servicios públicos

  • Compañías de tratamientos de semillas

  • Investigación y demostración en campo e invernadero por representantes de la industria

  • Investigación y demostración en campo e invernadero por investigadores privados

Un aplicador puede hacer aplicaciones de pesticidas de uso restringido solo en las categorías para las cuales este ha sido licenciado. Por ejemplo, un aplicador de campos de golf debe estar licenciado en la categoría de césped y ornamentales para poder aplicar pesticidas de uso restringido al campo de golf. Si el aplicador aplica pesticidas de uso restringido a un estanque en el campo de golf, él también debe estar licenciado en la categoría acuática.

NOTA: Una licencia de aplicador comercial puede sustituir a una licencia de aplicador privado solo para usos cubiertos por la licencia comercial. Por ejemplo, una licencia comercial con la categoría agrícola para cultivos en hilera, solo podría sustituir en el caso de aplicaciones hechas a cultivos en hilera en bienes de propiedad o bienes alquilados por el aplicador o el empleador del aplicador (pero no sería válida para la aplicación a cultivos de árboles, ornamentales o césped, sitios de bosques, sitios acuáticos, o para tratamiento de animales, tratamiento de semillas, tratamiento de la madera, o fumigación).

Información Adicional

Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor de Florida, División de AES: (850) 617-7900 o https://www.fdacs.gov/Divisions-Offices/Agricultural-Environmental-Services.

Tables

Tabla 1. 

Certificación y requisitos para licencias basados en uso de pesticidas

Uso del Pesticida

Certificación o Licencia requerida para uso de pesticidas

 

Privado

Publico

Comercial

AEREO (producción agrícola incluyendo silvicultura, césped, etc.)Bottom of Form

   

Por dueño de la propiedad o empleado no gubernamental

  

X

Por empleado del gobierno (relacionado con el trabajo)

 

X

X

Por servicio contratado

  

X

ACUÁTICO

   

Por dueño de la propiedad o empleado (producción agrícola solamente)

X

  

Por dueño de la propiedad o empleado (cualquier cosa distinta a producción agrícola)

  

X

Por empleado del gobierno (producción agrícola o de otro tipo a excepción de salud pública)

 

X

 

COMPANIAS DE QUÍMICOS/FERTILIZANTES

   

Por los empleados que hacen demonstraciones o mezcla personalizadas de pesticidas de uso restringido (RUPs)

  

X

GRANJA , PLANTACION, RANCHO

   

Por dueño de la propiedad o empleado no gubernamental

X

 

X

Por empleado del gobierno (relacionado con el trabajo)

 

X

X

Por servicio contratado

  

X

VIVEROS DE HELECHOS

   

Por dueño de la propiedad o empleado no gubernamental

X

 

X

Por empleado del gobierno (relacionado con el trabajo)

 

X

X

Por servicio contratado

  

X

FUMIGACIÓN (suelo o invernadero )

   

Por dueño de la propiedad o empleado no gubernamental

X

 

X

Por empleado del gobierno (relacionado con el trabajo)

 

X

X

Por servicio contratado

  

X

FUMIGACIÓN (productos agrícolas cosechados crudos)

   

Por dueño de la propiedad o empleado no gubernamental

X

 

X

Por empleado del gobierno (relacionado con el trabajo)

 

X

X

Por servicio contratado

  

X

JARDIN (jardín de su casa)

   

Por dueño de la propiedad o empleado no gubernamental

X

 

X

Por empleado del gobierno (demostraciones relacionadas con el trabajo, etc.)

 

X

X

Por servicio contratado

  

X

CAMPO DE GOLF, PARQUE, CEMENTERIO

   

Por dueño de la propiedad o empleado no gubernamental

  

X

Por empleado del gobierno (relacionado con el trabajo)

 

X

X

Por servicio contratado

  

X

INVERNADERO

   

Por dueño de la propiedad o empleado no gubernamental

X

 

X

Por empleado del gobierno (relacionado con el trabajo)

 

X

X

Por servicio contratado

  

X

JARDINES INTERIORES Y MANTENIMIENTO DE PLANTAS DE INTERIOR

   

Por empleado del vivero que provee plantas a otras facilidades pero toma las plantas de la facilidad y las devuelve al vivero o invernaderos para control de plagas

  

X

FINCA DE CESPED

   

Por propietario o empleado no gubernamental de un vivero, etc.Bottom of Form

X

  

Top of Form

Por empleado del gobierno (cama de siembra forestal, etc.)Bottom of Form

 

X

 

Por servicio contratado

  

X

INVESTIGACIÓN (parcelas)

   

Por empleado del gobierno

 

X

 

Cualquier persona que no sea empleado del gobierno incluyendo la industria privada y por contrato de servicio

  

X

DERECHO DE VÍA

   

Por empleado del gobierno

 

X

 

Por cualquier otra persona, incluyendo servicio por contrato

  

X

TRATAMIENTO DE SEMILLAS

   

Por empleado del gobierno

 

X

 

Por cualquier otra persona:

   

1. Semilla que vaya a ser usada en la propiedad del titular de la licencia en producción agrícola

X

  

2. Semilla para ser vendida o utilizada para cualquier propósito distinto a la producción agrícola en propiedad del titular de la licencia

  

X

CONTROL DE RAICES EN EL ALCANTARILLADO

   

Por empleado del gobierno

 

X

 

Por cualquier otra persona

  

X

MANEJO DE HABITAT PARA VIDA SALVAJE

   

Por el propietario o empleado del área de hábitat de vida silvestre (plantación, etc.)

  

X

Por empleado del gobierno

 

X

 

Por el contrato de servicio de uno de los dos sujetos descritos anteriormente

  

X

TRATAMIENTO DE LA MADERA

   

Por empleado del gobierno

 

X

 

Por cualquier otra persona:

   

1. Madera que se utilizará en la propiedad del titular de la licencia para la producción agrícola

X

  

2. Madera que ha de venderse o utilizarse para fines distintos a la producción agrícola en propiedad del titular de la licencia

  

X

 

Also Available in: English

Publication #PI-59-SPAN

Release Date:September 21, 2020

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Sanchez, Tatiana

County agent

University of Florida

Fishel, Frederick M

University of Florida

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About this Publication

Este documento, PI-59-SPAN (the English version of this document is Agricultural and Related Pest Control Applicator License Classifications under the Florida Department of Agriculture and Consumer Services (FDACS) (PI-13)), es uno de una serie de publicaciones del Departamento de Agronomía, Servicio de Extensión Cooperativa de la Florida, Instituto de Alimentos y Ciencias Agrícolas, Universidad de la Florida (UF/IFAS Extensión). Fecha de primera publicación: abril 2005. Repasado abril 2014. Revisado abril 2020. Visite nuestro sitio web EDIS en <https://edis.ifas.ufl.edu>.

About the Authors

Frederick M. Fishel, profesor, Departamento de Agronomía y, director de la Oficina de Información de Pesticidas; y Tatiana Sanchez, estudiante licenciado, Doctor en medicina de planta; UF/IFAS Extensión, Gainesville, FL 32611.

Contacts

  • Brett Bultemeier