Manual de los Reglamentos del Agua en Florida: Manejo de Desechos Peligrosos
Click here to view a PDF version of this document.
Home Search What's New Products Survey Help
Manual de los Reglamentos del Agua en Florida: Manejo de Desechos Peligrosos

   

Manual de los Reglamentos del Agua en Florida: Manejo de Desechos Peligrosos1

Michael T. Olexa, Luke D'Isernia, Laura Minton, Dulcy Miller y Sara Corbett2

Prefacio

Este manual esta diseñado para proporcionar un resúmen autorizado, exacto y actual de las principales leyes Federales y de Florida que están directa o indirectamente relacionadas a la agricultura. Este manual debe proveer una vista general de los muchos derechos y responsabilidades que tienen los agricultores y propietarios de tierras agrícolas bajo las leyes tanto Federal como de Florida, así como también la información de los contactos apropiados para obtenerla con más detalle. Sin embargo, el lector debe estar advertido de que algunas partes de esta publicación podrían volverse obsoletas en cualquier momento, debido a que las leyes, reglas administrativas, y decisiones de la corte, sobre las cuales se basa este manual, se encuentran bajo revisión constante. Algunos detalles de las leyes citadas no se mencionan, debido a limitaciones de espacio.

Este manual es distribuido con la aclaración de que los autores no intentan proporcionar una asesoría legal o profesional, y que la información contenida aquí no debe ser considerada como un sustituto de asesoría profesional. En este manual, no se incluye toda la información para llevar a cabo el cumplimiento de las leyes Federales y de Florida y los reglamentos que rigen la protección del agua. Por estas razones, el uso de estos materiales por cualquier persona, constituyen un acuerdo para mantener libre de perjuicios a los autores, al Servicio de Extensión Cooperativa de Florida, al Instituto de los Alimentos y Ciencias Agrícolas y a la Universidad de Florida por reclamos de responsabilidad, daños o gastos provenientes de quien sea, por haberse referido o basado en la información contenida en este manual.

¿Quién Regula los Desechos Peligrosos?

La Ley de Recuperación y Conservación de los Recursos (LRCR) estipula expresamente que la Agencia de Protección Ambiental (APA) ya no necesita hacer cumplir sus reglas, dentro de los estados que han aprobado sus propios programas de manejo de desechos peligrosos aprobados por la APA. La APA aprobará aquellos programas estatales que sean al menos, tan estrictos como las regulaciones de la APA. Ambas autoridades, estatal y federal tienen el poder para hacer cumplir esencialmente las mismas reglas, aunque el Departamento de Protección Ambiental (DPA) ha hecho unas cuantas adiciones importantes que serán señaladas.

El manejo de desechos peligrosos también cae dentro del dominio del reglamento de la APA, a través de dos acciones: La ley federal del Agua Limpia la cual prohíbe todas las descargas de materiales peligrosos en aguas navegables (FE065 ), Ley Del Derecho-a-Saber de la Comunidad y Plan de Emergencia (LDSCPE), la cual provee un enfoque seguro para financiar y ejecutar la limpieza de derrames de desechos sólidos (FE067 ).

¿Quén Es Desecho Peligroso?

La APA ha recopilado una larga lista de materiales y químicos específicos que son peligrosos, y también ha designado materiales con ciertas características, como peligrosos. Indicado en términos generales, un desecho sólido es cualquier cosa (si es mal administrada), y que puede resultar en una amenaza seria a la salud pública o al medio ambiente. Particularmente, la APA observará las características de cada material (ej., toxicidad, inflamabilidad, combustibilidad, corrosividad y reactividad).

Ciertos materiales han sido específicamente designados como no peligrosos, incluyendo:

¿Quién Es Responsable por el Manejo de los Desechos Peligrosos?

Las partes responsables por el manejo de lo desechos peligrosos, son las mismas cinco categorías de las partes potencialmente responsables por los costos de limpieza, conforme la LRCRAC:

  1. Los generadores de sustancias peligrosas (incluyendo los generadores de pequeñas cantidades).

  2. Los transportistas de sustancias peligrosas.

  3. Los propietarios de las instalaciones de tratamiento, almacenamiento y eliminación.

  4. Los operadores de las instalaciones de tratamiento, almacenamiento y eliminación

  5. Los organizadores (aquellos que organizan el transporte de sustancias peligrosas).

Para asegurar el cumplimiento de todos los estatutos y reglas, es importante determinar si un individuo se ajusta en una o más de las cinco categorías.

Generadores

Un generador es cualquier persona que produce desecho peligroso. La APA requiere que todos los generadores deban obtener un número de identificación antes que traten, almacenen, eliminen o transporten sus desechos. Además, la APA establece estándares de pre-transportación, empacado y etiquetado de desecho, y además lleva un sistema elaborado de registros, para mantener el record que permita al gobierno informar del desecho desde el punto de su creación hasta su eliminación final.

Los generadores pueden acumular, sin un permiso, no más de 55 galones de desecho peligroso y un cuarto de desecho "sumamente" peligroso en el sitio, hasta por 90 días. A menos que la APA otorgue una extensión de 30 días, después de un imprevisto retraso en remover el desecho, el propietario/u operador requiere de un permiso. Los generadores deben seguir todas las leyes aplicables de acuerdo con el almacenamiento y etiquetado de los desechos peligrosos, y deben tomar todos los pasos requeridos para prevenir un derrame y contaminación del desecho peligroso.

Los generadores de desecho peligroso de más de 100 kilogramos, pero menor de 1.000 kilogramos en un mes calendario, pueden ser acumulados en el sitio durante 180 días o menos, sin el requerimiento de un permiso

Además de los requerimientos de la APA, la ley de Florida necesita que cualquier generador que produce más de 1.000 libras de desecho peligroso al año, archive un reporte separado con el DPA, al finalizar el año. La ley federal permite ciertas excepciones para los requerimientos del permiso. Las dos excepciones más importantes son los generadores de pequeñas cantidades y los plaguicidas agrícolas.

  1. Los Generadores de Pequeñas Cantidades: Son generadores que producen mas de 100 kilogramos, pero menos de 1,000 Kg de desecho peligroso en un mes calendario, puede tener el derecho al status de "generador de pequeñas cantidades" (GPC). De acuerdo a las reglas federales, los GPC tienen el derecho de "exenciones condicionales" tales como exenciones de ciertas restricciones de eliminación-tierra, el derecho para acumular desecho en el sitio por largos periodos de tiempo sin un permiso, y opciones más grandes de eliminación. De acuerdo a la ley de Florida, todos los GPC deberán ser notificados por el DPA, de sus responsabilidades y alternativas de eliminación, vía servicio de correo postal de Estados Unidos. Es obligatorio para cada GPC, como respuesta, que dentro de los 30 días de haber recibido la notificación, revele al DPA todas las prácticas de manejo de desecho, incluyendo los tipos y cantidades de desecho manejado. La falla a revelar esta información puede llevar a multas de hasta por $100 por día por no mas de 100 días.

  2. Las Exenciones de Plaguicidas Agrícolas: Los agricultores que disponen de sus propios plaguicidas, exentos específicamente de los requerimientos que rigen a los generadores Sin embargo, ellos deben cumplir con las instrucciones dispuestas sobre la etiqueta de los plaguicidas y deben enjuagar por triplicado cada recipiente.

Transportistas

Al igual que los generadores, los transportistas deben obtener un número de identificación de la APA y mantener los registros detallados de todos los desechos que ellos manejan. Los transportistas no requieren obtener un permiso de propietario/operador mientras no almacenen desechos por más de 10 días.

En un evento de derrame, los transportistas deben tomar todas las acciones necesarias, incluyendo la notificación a las autoridades del manejo de una crisis, para proteger la salud pública y al medio ambiente así como la limpieza del derrame. Las reglas de Florida imponen responsabilidad financiera a los transportistas de al menos $1 millón de dólares por accidente, y requiere que todos los transportistas reporten evidencia de una adecuada cobertura de seguro.

A los transportistas se les debe dar a conocer que ellos también pueden estar sujetos al reglamento de la Secretaria de Transporte de los Estados según la Ley de Transporte de Materiales Peligrosos (LTMP). La LTMP rige las actividades vehiculares tales como, conducir, estacionar y recargar combustible de los vehículos que están transportando, comerciando, cualquier material venenoso, inflamable, combustible, corrosivo u otro material "el cual puede poseer un riesgo no razonable para la salud y seguridad o propiedad".

Proppietarios/Operadores de Instalaciones Para ATratamiento, Almacenamiento y Eliminación

Cualquier persona involucrada en el tratamiento, almacenamiento o eliminación de desechos peligrosos debe tener un permiso del DPA y la APA. Las únicas excepciones relevantes para esta regla están limitadas a los sitios de acumulación permitidos a los generadores, las excepciones de plaguicidas agrícolas e instalaciones que re-usan completamente el desecho en algunos otros procesos de producción. La APA ha establecido amplias y detalladas reglas teniendo en cuenta la operación y seguridad de tales instalaciones. La APA también hace énfasis en el personal, seguridad, cierre y virtualmente todos los aspectos para el mantenimiento de una instalación para tratamiento, almacenamiento o eliminación.

A nivel de un estado, el DPA exige que el propietario/operador monitoree y mantenga los estándares del agua subterránea de su tierra y reporte los cambios al DPA. El propietario/operador, como los transportistas, conforme a la ley de Florida, está obligado a contar con una fianza y tener un seguro contra accidentes. Los desechos no deben ser tratados, almacenados o eliminados en cualquier lugar, excepto una instalación con permiso. Los desechos nunca deben ser vertidos en un sistema de desagüe o tanque séptico. Florida esta trabajando para descontinuar la eliminación de desechos peligrosos a través de las tierras de relleno.

Los Estatutos de Florida autorizan y subsidian a los gobiernos locales a establecer los centros de colección de desechos peligrosos locales, y a ordenar al DPA a establecer las "redadas de tóxicos" en centros comunitarios, donde los generadores pueden entregar pequeñas cantidades de desechos peligrosos (menores de 100 libras).

Organizadores

Los organizadores, están definidos ampliamente como cualquier persona involucrada en arreglar los desechos peligrosos para el transporte, tal como una persona intermediaria que contactó al transportista para embarcar el desecho peligroso, etc. Esto es una categoría general para todos, que deslinda la responsabilidad a todas las partes que no están definidas en las categorías previas, pero que están involucradas en el proceso del transporte del desecho peligroso.

¿Cuáles Son las Penalidades?

Ambos castigos, civil y criminal, incluyendo la prisión, están disponibles según la Ley del Agua Limpia (FE065 ), la Ley de Recuperación y Conservación de Recursos (LRCR) y la Ley Del Derecho-a-Saber de la Comunidad y Plan de Emergencia, (FE067 ). Los castigos menos severos acompañan a las violaciones negligentes, mientras que las violaciones con conocimiento e intencionales conllevan significativamente los castigos más grandes.

Fuente

Código 42 de los Estados Unidos, Secciones 6901 al 6987 y 9601 al 9687; el Código 33 de los Estados Unidos, Secciones 1251 al 1387; el Código 40 de los Reglamentos Federales, Secciones 260 al 272; Capitulo 403 de los Estatutos de Florida, Secciones 403.702 al 403.7893; Titulo 62 del Código Administrativo de Florida

Información de Contacto

Manejo de Desechos Peligrosos (FE099 , Agencias de Contacto)

L-2 Sección de Cumplimiento con los Desechos Peligrosos

L-5 Instalaciones Procedimientos de la Ley del Agua Limpia

F-3 La Ley Del Derecho- a-Saber de la Comunidad y Plan de Emergencia

F-4 TSCA Servicio de Información de Asistencia

F-6 Administrador de la APA de Registro de Plaguicidas de Florida

Agradecimientos

Los autores agradecen al personal de las agencias estatales y federales por su tiempo y asesoría en la preparación de este manual. Los autores agradecen especialmente a Richard Budell del Office of Agricultural Water Policy of the Florida Department of Agriculture and Consumer Services por el apoyo económico para el desarrollo de esta publicación.


Footnotes

1. Este es el documento EDIS FE095, una publicación de Food and Resource Economics Department, Florida Cooperative Extension Service, Institute of Food and Agricultural Sciences, University of Florida, Gainesville, FL. Publicado Noviembre 2006. Por favor visite la página electrónica de EDIS en http://edis.ifas.ufl.edu.

2. Michael T. Olexa, profesor, Food and Resource Economics Department y director, Agricultural Law Center, University of Florida, Gainesville, FL, y presidente, Agricultural Law Committee, The Florida Bar; Luke D'Isernia, alumni, Levin CoIlege of Law, University of Florida, Gainesville, FL; Laura Minton, abogado, Dean, Mead, Egerton, Bloodworth, Capouano y Bozarth, PA, Orlando FL; Dulcy Miller, abogado, Foley and Lardner, LLP, Orlando, FL; y Sarah Corbett, abogado, Florida Second District Court of Appeal, Lakeland, FL. La traducción del ingles al español estuvo a cargo de Filiberto Reyes-Villanueva.


El Instituto de Alimentos y Ciencias Agrícolas es un empleador que provee Oportunidades Igualitarias, autorizado a proveer investigación, información educativa y otros servicios, únicamente a los individuos e instituciones que operan sin discriminación alguna con relación al credo, color, religión, edad, incapacidad, sexo, orientación sexual, estado civil, nacionalidad, opinion política o afiliaciones. Para más información sobre como obtener otras publicaciones de extensión, comuníquese con la oficina de Servicio de Extensión de su condado.

Servicio de Extensión de la Florida / Instituto de Alimentos y Ciencias Agrícolas / Universidad de la Florida / Larry Arrington, Decano.



Información sobre derecho de Autor

La información contenida en este documento es propiedad de la Universidad de la Florida, Instituto de Alimentos y Ciencias Agrícolas (UF/IFAS) para el uso de los personas del estado de la Florida. UF/IFAS reclama toda protección de los derechos de autor bajo todos convenios, pero permite la reproducción gratuita a todos los agentes y personas de las oficinas del Servicio de Extensión Cooperativa y los habitantes de la Florida. Se permite el uso de estos materiales en parte o en forma total únicamente con propósitos educativos, bajo la condición de mantener el reconocimiento total de la Universidad y el Instituto UF/IFAS, citando la publicación, su fuente, y fecha de publicación.