Prefacio
Este manual está diseñado para proporcionar un resumen exacto, actual y autorizado, de las principales leyes Federales y de Florida que están directa o indirectamente relacionadas con la agricultura. Este manual proporciona una vista general de los muchos derechos y responsabilidades que tienen los agricultores y propietarios de tierras agrícolas bajo las leyes tanto Federal como las de Florida, así como también los contactos apropiados para obtener la información con más detalle. Sin embargo, el lector debe estar advertido de que algunas partes de esta publicación podrían volverse obsoletas en cualquier momento, debido a que las leyes, reglas administrativas, y decisiones de la corte, sobre las cuales se basa este manual se encuentran bajo revisión constante. Alguna información contenida aquí no debe ser considerada como un sustituto de asesoría profesional. Algunos detalles de las leyes citadas no se mencionan, debido a limitaciones de espacio.
El manual es distribuido con el entendimiento de que los autores no intentan proporcionar una asesoría legal o profesional, y que la información contenida aquí no debe ser considerada como un sustituto de asesoría profesional. En este manual no se incluye toda la información para lograr el cumplimiento con las leyes federales y estatales y reglamentos que rigen la protección del agua. Por estas razones, el uso de estos materiales por cualquier persona, constituyen un acuerdo para mantener libre de perjuicios a los autores, al Servicio de Extensión Cooperativa de Florida, al Instituto de los Alimentos y Ciencias Agrícolas y a la Universidad de Florida por reclamos de responsabilidad, daños o gastos en que pueda incurrir por hacer referencia, o depender de la información contenida en este manual.
Resumen de la FRTFA
El gobierno del estado de Florida reconoce que la agricultura es el mayor contribuyente a la economía de Florida; que las tierras bajo cultivo, constituyen recursos irremplazables y preservan el paisaje y recursos del medio ambiente de Florida. También reconoce que las operaciones de granja (cultivo) en las áreas urbanizadas están potencialmente sujetas a demandas por molestia, lo cual obliga la remoción prematura de terrenos de granja para uso agrícola; la Legislatura de Florida aprobó la Ley del Derecho-a-Granja (Florida Right-to-Farm Act, FRFTA por sus siglas en inglés) para proteger razonablemente las operaciones de granjas de demandas por molestia.
¿Como restringe la FRFTA las demandas por molestia?
La FRFTA (Estatutos de Florida, Sección 823.14) restringe las demandas por molestia contra los granjeros que han estado en operación por un año o más desde que comenzaron, y que no eran causa de una molestia cuando se establecieron. No se considerará una molestia pública o privada si las operaciones de la granja cumplen con las prácticas de manejo generalmente aceptadas en agricultura.
Lo establecido por la FRTFA no es afectado por cambio de propietario, cambios en el producto(s) de la granja, cambios en las condiciones en o alrededor de la localidad de la granja, o aquellos cambios realizados por el acatamiento de las Mejores Prácticas de Manejo (Best Management Practices, BMP por sus siglas en inglés) adoptadas por las agencias locales, estatales y federales.
Además, la FRTFA dispone que los gobiernos locales no puedan adoptar ninguna regla u ordenanza que restringa o límite una buena actividad de granja (actividad de granja que se conducen en negocios de buena fe) conducida en tierras agrícolas de acuerdo con las medidas de BMP.
La expansión de las operaciones de granja dentro de los límites originales del cultivo y la expansión de los límites de las tierras de la granja, no cancelan las operaciones de la granja de sus fechas de operación previas.
¿Qué es lo que la FRTFA exige y prohíbe?
Para estar protegido de demandas por molestias, la FRTFA exige que las operaciones de la granja sean razonables cumpliendo con las prácticas agrícolas y de manejo generalmente aceptadas. Sin embargo, la FRTFA no extiende protección a las operaciones de granja en las cuales se encuentre lo siguiente:
-
Desechos humanos no tratados o tratados impropiamente, basura, animales muertos, desecho de materiales peligrosos o gases peligrosos para la vida humana o animal
-
Tanques sépticos construidos o mantenidos inapropiadamente, baños interiores o exteriores o regaderas de baño
-
Condiciones insalubres en lugares donde los animales son sacrificados, lo cual puede originar enfermedades dañinas al humano o animales
-
Mantenimiento de animales enfermos que son peligrosos para la salud humana, a menos de que se mantengan de acuerdo a un programa estatal o federal de control de enfermedades
La FRTFA también prohíbe una operación de cultivo existente, de cambiarse a una operación más excesiva con respecto al ruido, olor, polvo o humos donde la operación de cultivo es colindante a una residencia o negocio establecido.
Además, la FRTFA no da al agricultor una licencia para violar los principios de ley de negligencia o molestia, o para contaminar el medio ambiente. La contaminación de los pozos de agua o la mala aplicación de plaguicidas (el acarreo del plaguicida hacia propiedades vecinas), exponen al agricultor de una demanda potencial.
Las fuentes no puntuales de contaminación (escurrideros) desde las granjas, especialmente de aquellas en donde se encontraron las cuatro condiciones mencionadas arriba, pueden causar que bacterias, nutrientes (ej., fósforo) y otras sustancias, entren y contaminen aguas superficiales. Las aguas subterráneas también pueden ser contaminadas por filtración desde las granjas. Esto puede conducir a violaciones, responsabilidad y castigos de acuerdo a varias de las leyes y programas discutidos en este manual, a menos que se tomen las medidas apropiadas para reducir la cantidad de contaminantes que entran al agua, tales como el almacenamiento y manejo del agua de desecho de las instalaciones y los escurrimientos, con un sistema apropiado de manejo de desechos.
Para más información respecto a los derechos de los agricultores según la FRTFA y otras leyes, contacte al Departamento de Agricultura y Servicio al Consumidor de Florida (Florida Department of Agriculture and Consumer Services, FDACS por sus siglas en inglés).
Fuente
Capítulo 823, Estatutos de Florida, Sección 823.14
Agradecimientos
Los autores agradecen al personal de las agencias estatales y federales por brindar su tiempo y asesoría en la preparación de este manual. Queremos reconocer a Carol Fountain y Travis Prescott en la Universidad de Florida por su ayuda en la edición de este manual. También reconocemos los fondos recibidos para realizar la actualización de esta publicación del Premio Profesional de Extensión Wells Fargo 2016 y de la Subvención para el Mejoramiento del Programa (cuya Investigadora Principal es Tatiana Borisova).